¿Se puede cambiar de beneficios jubilatorios del Seguro Social a beneficios por discapacidad?

¿Se puede cambiar de beneficios jubilatorios del Seguro Social a beneficios por discapacidad?


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Sí. Si quedas discapacitado después de presentar una solicitud temprana para los beneficios jubilatorios, quizás puedas cambiarlos al Seguro por Incapacidad del Seguro Social (SSDI). De


manera similar, si te jubilas antes de tiempo y luego te enteras de que una enfermedad existente te pudo haber ayudado a cumplir los requisitos para recibir un beneficio por discapacidad más


alto, quizás puedas solicitarlo de manera retroactiva.

¿Puedo cobrar tanto beneficios por jubilación como por discapacidad del Seguro Social?


Para la gran mayoría de los beneficiarios por discapacidad que soliciten el SSDI antes de jubilarse, la pregunta es irrelevante. Si solicitas primero el SSDI, a cualquier edad, el beneficio


se calcula como si tuvieras la edad plena de jubilación —la edad en la que tienes derecho a recibir el 100% de los beneficios calculados en función de tus ingresos de por vida—. Una vez que


alcances la edad plena de jubilación, tus beneficios por discapacidad automáticamente se convierten en beneficios jubilatorios, y en la mayoría de los casos será la misma cantidad.


Pero supongamos que empezaste a recibir el Seguro Social a los 62 años —por razones que no tienen que ver con la salud— y tus beneficios se redujeron por solicitarlos antes de alcanzar la


edad plena de jubilación (66 años y 6 meses para las personas nacidas en 1957, dos meses más tarde para los nacidos en 1958, y paulatinamente aumentará gradualmente a 67 durante los próximos


años). Seis meses después, te diagnostican con enfermedad renal. Puedes solicitar el SSDI, y si aprueban tu reclamación, recibirás un beneficio más alto, con fecha retroactiva de cuando


solicitaste los beneficios jubilatorios. (Aun así, no recibirás tus beneficios jubilatorios completos, pero el "factor de reducción" por la jubilación temprana disminuirá de cuatro años o


más al período en el que solo eras apto para los beneficios jubilatorios). 


O, digamos que solicitas tus beneficios jubilatorios del Seguro Social a los 62 años porque ya no puedes trabajar debido al deterioro de tu vista. Tu médico ya te diagnosticó degeneración


macular, pero te enteras después de que el diagnóstico te pudo haber hecho apto para el SSDI. Si puedes demostrar que tu discapacidad comenzó antes de recibir beneficios por jubilación


temprana, el Seguro Social te pagará retroactivamente hasta 12 meses de la diferencia entre lo que has recibido hasta el momento y lo que hubieras cobrado bajo el SSDI. (Si solicitaste los


beneficios por discapacidad dentro de un año de empezar a recibir el Seguro Social, podrían restablecerse tus beneficios jubilatorios completos; después de un año, se reducirán).


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Debido a que el procesamiento de las reclamaciones por discapacidad puede tardar meses o años más que las solicitudes jubilatorias, algunas personas que cumplen 62 años y tienen problemas de


salud significativos solicitan ambos beneficios a la vez, para tener algún ingreso del Seguro Social mientras esperan la decisión del SSDI. En ese caso, si tu solicitud por discapacidad se


aprueba, recibirás un beneficio más alto (aunque no necesariamente tus beneficios jubilatorios completos) y un pago retroactivo.


Pero es una estrategia riesgosa: las reclamaciones por discapacidad tienen un estándar alto de prueba y a menudo son rechazadas; si eso ocurre, podrías recibir beneficios jubilatorios


reducidos de por vida. Antes de elegir esta opción, considera consultar con un abogado que conozca bien la ley de discapacidad.