
¿Los beneficios del Seguro Social cuentan como ingresos en el Capítulo 13 de la Ley de Quiebras?
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No. La ley federal indica que tus beneficios están protegidos.
En varias ocasiones, el Congreso ha dejado claro que los beneficios del Seguro Social quedan excluidos de los activos financieros que se emplean para pagar a los acreedores en caso de
quiebra. Además, la Administración del Seguro Social sostiene que no respetará las órdenes judiciales de entregar los beneficios del Seguro Social de alguien al síndico de una quiebra.
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No obstante, existen casos de quiebra en virtud del Capítulo 13 de la ley en los que los síndicos incluyen los beneficios del Seguro Social en los planes de pago. Si el deudor no lo objeta,
los beneficios permanecerán dentro del plan de pago. No está claro cuán a menudo se incluye el Seguro Social, pero ocurre con la frecuencia suficiente como para que se haya solicitado a los
tribunales que se expidan sobre la legalidad de la práctica. Múltiples tribunales de apelaciones federales en años recientes fallaron a favor de que los beneficios del Seguro Social quedaran
excluidos en casos de quiebra.
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